Ministros Extraordinarios de la Comunión

Se denomina así a los seglares autorizados por el Obispo de la Diócesis para dar la Sagrada Comunión o bien porque no hay un presbítero o diácono que lo haga o bien porque hay mucha gente para comulgar y no conviene alargar la celebración. El párroco puede autorizar para un caso concreto en su Parroquia. El obispo puede dar autorización para toda la Diócesis y de una forma general.

Conviene saber que se trata de un ministerio o servicio a la comunidad. Porque lo que es sacerdocio lo tiene todo bautizado, el llamado sacerdocio común, que capacita al cristiano para ofrecer al Señor oraciones (súplicas, alabanzas, ...) y sacrificios (el trabajo, una enfermedad,...). Este sacerdocio común o real, que también se denomina así, se recibe en el Bautismo... Al ungirle con el Santo Crisma se dice al catecúmeno:
Para que entres a formar parte del pueblo de Dios y seas para siempre miembro de Cristo, sacerdote, profeta y rey.
Además de este sacerdocio común, en la Iglesia existe lo que se llama sacerdocio ministerial, que se concede por medio del Orden, sacramento que reciben los obispos, los presbíteros y los diáconos. El ministerio que se confía a los mencionados ministros extraordinarios de la Comunión está vinculado al sacramento del Bautismo; no al del Orden Sacerdotal.

Bien, pues este este año D. Julián Barrio, Arzobispo de Santiago de Compostela, nuestra Diócesis, ha autorizado, por escrito, para dar la Comunión, en las circunstancias ya señaladas a las siete personas siguientes: Mª Cristina Buiturón Meijide, Pepita Fernández Fernández, Ana Mª Gómez Álvarez, Javier Mosquera López, Manuel Nión Suárez, Ángeles Pedreira Vázquez, Manuel Tudó Martínez y Antonia Vilariño Ares.

Todos ellos han hecho previamente un curso preparatorio, en lo doctrinal y en lo espiritual. Reciban todos ellos y todas ellas nuestra felicitación. A principios de curso les presentaremos a la Comunidad.

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